I. Disposiciones Generales
Este reglamento interno de trabajo es de carácter obligatorio para todo el personal que presta sus servicios a Hoteles Parque México y todas sus unidades de negocios, todos los trabajadores que ingresen, así como los que ya se encuentren trabajando; deben enterarse del contenido de este reglamento y en ningún caso podrán alegar en su defensa el desconocimiento e ignorancia de los preceptos que aquí se describen.
Artículo 1
Acerca del Incumplimiento: El incumplimiento de este Reglamento será motivo de suspensión hasta por ocho días de trabajo o bien la recisión de contrato individual de trabajo, con base en la gravedad de la falta, la cual quedará sujeta a interpretación de la Gerencia General y/o Dirección General.
Artículo 2
Sobre la desobediencia: Además de las normas que establece el contrato de trabajo y el presente reglamento, los trabajadores están obligados a cumplir con las disposiciones y ordenes que la empresa dicte verbalmente o por escrito y/o que publiquen en los diferentes tableros de avisos que se encuentran dentro de la misma, cualquier omisión a estas disposiciones antes señaladas, será considerada como desobediencia a una orden de trabajo y, de acuerdo con la gravedad de la falta, se sancionara al trabajador de acuerdo al Artículo 1.
Artículo 3
Documentos para Contratación: Durante la contratación, el trabajador deberá proporcionar la información y documentos que se solicitan para cubrir su expediente, quedando obligado a comunicar cualquier cambio relativo a los mismos. De no ser fidedigna la información proporcionada, no será aceptado en ningún puesto dentro de la empresa.
Artículo 4
Acerca de la Limpieza: La limpieza en el centro de trabajo de equipos y útiles de trabajo será realizado todos los días por el área de limpieza, sin embargo, el personal es responsable de mantener orden y limpieza de su área durante su horario de trabajo.
Artículo 5
Sobre los Alimentos para Empleados: La empresa proporciona un alimento al día por turno para los empleados de jornada completa, el cual podrán tomar en el área asignada para tal efecto. El tiempo para el consumo de sus alimentos es de 30 minutos, el horario lo asignará el jefe inmediato. Por su seguridad, imagen, servicio y disciplina, se prohíbe llevar los alimentos a sus áreas de trabajo o áreas públicas.
II. Jornada laboral
Artículo 6
Sobre los días de trabajo y descanso: La semana laboral comprende seis días de trabajo por uno de descanso con goce de salario íntegro. El descanso se puede fijar cualquier día de la semana conforme el art 69 de la ley Federal del Trabajo vigente y de acuerdo con el requerimiento de la operación, es decir el descanso podrá cambiar para adaptarse a la operación y servicio de nuestros clientes.
Así mismo la jornada es el tiempo durante el cual el trabajador está a disposición del patrón para prestar su trabajo. Para la fijación de la jornada de trabajo el patrón y trabajador podrán fijarla siempre y cuando no excedan los límites fijados, lo anterior con fundamento en el art 59 y 61 de la Ley Federal del Trabajo.
Artículo 7
Acerca del tiempo de trabajo diario: La jornada laboral no excederán de ocho horas por día, en caso de requerirse tiempo extra, éste se contará por hora y será pagado la semana siguiente o hasta que se acumulen ocho horas.
Los trabajadores no podrán permanecer o entrar al centro de trabajo después de su horario señalado. Todos los empleados tienen como máximo veinte minutos para recoger sus pertenencias y salir del centro de trabajo.
Artículo 8
De las vacaciones y días feriados: Debido a la actividad turística que la empresa realiza, a que se presta servicio a clientes las 24 horas del día durante todo el año y ante la imposibilidad de establecer de manera fija los horarios (entrada y salida), descansos, días feriados y vacaciones serán definidos por la empresa y notificados a los trabajadores personalmente o por conducto de los tableros de avisos respectivos.
Las jornadas laborales se determinarán de acuerdo con la Ley Federal Del Trabajo. Los trabajadores tendrán la obligación de trabajar en cualquiera de los turnos señalados por la empresa.
Artículo 9
Sobre el control de asistencia, uniformes y retardos: Los trabajadores están obligados a iniciar y concluir sus labores en las horas indicadas en su jornada laboral en el lugar específico donde las desarrollan (departamento o sección) portando el uniforme completo de inicio a fin de su jornada.
La empresa concede tolerancia de cinco minutos para la hora de entrada, en el entendimiento que cualquier retardo posterior en más de tres ocasiones durante un mes causaran el descuento de un día de salario;
El Gerente General podrá autorizar el acceso al personal que llegue después de los cinco minutos de tolerancia, generando el descuento del tiempo correspondiente por el retraso, pero no se permitirá la entrada después de treinta minutos y se considerará como falta injustificada para todos los efectos legales a que haya lugar.
Artículo 10
Del contrato por tiempo determinado: Se otorgará el contrato por tiempo determinado a todos los trabajadores sin excepción alguna, durante el cual, el jefe inmediato realizara una evaluación de desempeño del trabajador, determinando así las oportunidades futuras que se le pueden ofrecer al trabajador.
Artículo 11
Acerca de los tiempos extras: En caso de trabajar tiempo extra, se requerirá la autorización del jefe inmediato, y quedan concluidos los casos previstos por el art 65 de la Ley Federal del Trabajo (siniestros o riesgos inminentes de que peligre la vida de los trabajadores o la seguridad de la empresa) en las cuales la jornada de trabajo podrá prolongarse por el tiempo indispensable para evitar estas situaciones perjudiciales.
Durante la jornada ordinaria y/o extraordinaria, los trabajadores están obligados a ejecutar sus labores con intensidad, cuidado y esmeros apropiados a su categoría. La falta de cumplimiento a esta disposición será considerada como falta de probidad del trabajo.
Artículo 12
Sobre los turnos extras: Los trabajadores únicamente abandonaran su puesto de trabajo a la hora de salida, a su excepción de aquellas personas que ocupen ciertos puestos que por su trabajo se exija esperar a su relevo (a partir del momento en el que llega el relevo, se tomaran los 30 min para permanecer en la empresa) y en caso de no presentarse el relevo el trabajador deberá cubrir el turno correspondiente salvo que la gerencia designe algún sustituto.
Artículo 13
De las capacidades y aptitudes: El hotel, por necesidades de trabajo; podrá transferir a los trabajadores de un puesto a otro o de un hotel a otro, según sea su capacidad y aptitud siendo provisional mientras se juzga si el trabajador es apto para el puesto que se le encomienda.
Articulo 14
Acerca del pago de salarios y compensaciones: El pago de los salarios a los trabajadores se realiza en las fechas y forma que designe la empresa y se modificaran según sea requerido. El salario será depositado en una tarjeta electrónica bancaria los miércoles de cada semana.
Las compensaciones y descuentos de los trabajadores sólo operan en casos, monto y modalidades que se especifican de acuerdo con su contratación.
III. Permisos y faltas al trabajo
Artículo 15
Sólo se concederán aquellos permisos o licencias previstas en el contrato de trabajo. Los trabajadores están obligados a presentar su solicitud de permiso para faltar a sus labores y justificar el permiso.
Ni los comprobantes expedidos por los médicos particulares, ni las recetas que expide el IMSS podrán pasar como justificante de incapacidad. Solamente tendrá tal efecto la forma especial que expida el IMSS.
La empresa considera permiso a sus trabajadores hasta por 2 días que goce de salario cuando fallezca algún familiar en primer grado como son: Padres, Esposa e Hijos, para ello los trabajadores deben presentar las constancias correspondientes para que su permiso tenga validez, presentando acta de defunción.
Tratándose de permisos especiales o días de descansos extras, el trabajador hará su solicitud con, por lo menos, siete días de anticipación ante el jefe inmediato, debiendo entregar por escrito tal petición.
Cuando se trata de permisos que se generen en un mismo departamento, en cuanto a la rotación de los turnos que se lleven a cabo entre los trabajadores, se deberá de hacer con tres días de anticipación, dejando de igual manera asentada tal petición.
Artículo 16
Todo trabajador que no pueda presentarse a sus labores por cualquier motivo deberá avisar a la empresa antes del inicio de su turno, bien dentro de los primeros 30 minutos de iniciada su jornada de trabajo, reportándose con su jefe inmediato. El trabajador deberá justificar dicha ausencia de acuerdo con las políticas de la empresa.
Artículo 17
El trabajador deberá justificar ante la empresa la causa de su ausencia. En caso de enfermedades o accidentes, sólo serán aceptados como documentos justificables las incapacidades extendidas por el IMSS. En caso de que no se cumpla con lo anterior, las faltas serán consideradas injustificadas para todos los efectos legales.
IV. Obligaciones de los trabajadores
Artículo 18
Siempre que un trabajador tenga que entrar a la empresa o salir de ella, solo podrá hacerlo con autorización de su jefe Inmediato. Se considera violada esta disposición, tanto para quienes no la realicen, como para quienes se lo permitan y se aplicará lo indicado en el Artículo 1.
Artículo 19
Los trabajadores deberán utilizar las escaleras, pasillos y puertas de servicio evitando usar las áreas destinadas a los clientes y huéspedes. El personal del restaurante no puede andar en las áreas del hotel y el personal del hotel no puede andar en las áreas de restaurantes.
Artículo 20
La Gerencia del hotel, Recepcionistas y personal de Puerta tiene la facultad de inspeccionar a los trabajadores y sus pertenencias a la hora de entrada y salida y durante el desempeño de sus labores.
No se permitirá la salida de ningún objeto perteneciente a la empresa sin autorización previa. Para remover algún artículo del establecimiento, el jefe del área dará un pase de salida en la cual se indicará la descripción del objeto, el nombre del jefe inmediato, la firma de autorización y el motivo de la salida, adicionalmente debe ser autorizado por el Gerente de Operaciones y el Gerente General.
Si al trabajador se le detecta un artículo propiedad de la empresa o huésped, el Gerente del hotel levantará un reporte el cual deberá ser firmado por el jefe inmediato del trabajador, anexando copia al expediente, el trabajador tendrá derecho a ser oído sobre la falta en que incurra.
Cuando se acumulen tres reportes (actas administrativas) a criterio del patrón podrá rescindir la relación de trabajo sin responsabilidad para el patrón o bien aplicará lo indicado en el Artículo 1.
Artículo 21
La higiene personal es un factor importante para causar buena impresión, por esta razón todos los trabajadores deberán presentarse debidamente aseados (bañarse, rasurarse, lavarse los dientes, calzado lustrado, etc.) y debidamente uniformados al comenzar su jornada laboral.
Artículo 22
Es obligación de los trabajadores tratar a los huéspedes y colegas con absoluto respeto y amabilidad, ya que la cortesía es un principio del servicio en la industria turística.
Artículo 23
Mostrar agradecimiento y cortesía por las propinas recibidas, aunque el monto no corresponde al servicio proporcionado.
Se considera falta grave hacer notar que esta fue insuficiente o pedirla directa o indirectamente.
Artículo 24
Entregar al departamento de Ama de Llaves todos aquellos objetos olvidados por algún cliente / huésped, el cual extenderá un recibo por dicho objeto y registrará debidamente en un reporte de objetos olvidados.
Ocultarlo o demorar la entrega de cualquier objeto olvidado o perdido puede originar una sanción de acuerdo con el Artículo 1. Ningún empleado está autorizado a realizar seguimientos a objetos olvidados o entregar sin autorización del Gerente del hotel y Gerente General.
Artículo 25
Es responsabilidad de los trabajadores informar de inmediato a sus supervisores sobre cualquier actividad ilegal o delictiva en la empresa, así como actividad sospechosa o cualquier hecho que pueda parecer anormal o poner en riesgo la seguridad de clientes y empleados.
Artículo 26
Al entrar a una habitación y permanecer en el interior de la habitación deberá dejar la puerta abierta para indicar que está trabajando en ella. De haber valores a la vista o cajas fuertes con valores abiertas se debe informar al gerente en turno.
V. Restricciones de los trabajadores
Artículo 27
Prohibiciones para los trabajadores:
Ejecutar cualquier acto que pueda poner en peligro su propia seguridad, salud, o higiene, la de sus compañeros de trabajo o la de terceras personas, así como el lugar en que el trabajador lo desempeñe.
Sustraer de la empresa o establecimiento, útiles de trabajo, herramientas o materias primas, sin el permiso correspondiente de la persona autorizada para ello.
Faltar al trabajo sin causa justificada o sin permiso de persona autorizada por escrito.
Provocar en el interior del centro de trabajo, escándalos, riñas o cometer actos que alteren la disciplina.
Abandonar el lugar de trabajo, suspender las labores sin autorización del patrón o de la persona autorizada. Así como ausentarse de las instalaciones de la compañía, dentro del horario de labores, en actividades no relacionadas al trabajo asignado por el patrón.
Distraerse en cuestiones ajenas al trabajo designado (distraerse con el celular, uso de redes sociales, streamings, etc.).
Ausentarse del lugar en que desempeña su trabajo, suspender las labores sin autorización de su jefe inmediato y quitar el tiempo a los empleados sin causa justificada.
Introducir personas ajenas a la empresa como familiares o proveedores sin la autorización del área a visitar.
Usar útiles, herramientas, maquinaria o unidades propiedad de la empresa para usos particulares o para objetos distintos de aquellos a que estén destinados.
Desperdiciar o dar mal uso de los implementos y materiales de trabajo recibidos.
Realizar trabajos para otra empresa en horarios destinados al hotel ya sea directa o indirectamente o que represente una competencia para la empresa.
Tomar pertenencias de los huéspedes / clientes o cualquier acción que se sobre entienda como falta, ya sea en las habitaciones, pasillos o áreas públicas. La empresa de acuerdo con la gravedad de la falta sancionará al trabajador de acuerdo con el Artículo 1.
Utilizar los equipos de cómputo y las conexiones a internet de la compañía para uso personal. Queda estrictamente prohibido el uso de Celular salvo que su puesto lo requiera con autorización de la Gerencia General.
Artículo 28
Entrar en almacenes y/o lugares restringidos, salvo que se trate de personal autorizado, en caso de tener que hacerlo será necesario acompañarse por un gerente de área.
Tratándose de personal autorizado y lugares donde existan insumos que se utiliza en provecho de las actividades propias del ramo turístico, y estos sean trasladados al departamento encargado del uso, se deberá reportar por escrito los artículos que se toman fijando la fecha y nombre de la persona responsable.
Artículos 29
Como medida de seguridad y para causar una excelente impresión, los trabajadores durante sus horas de trabajo NO deben:
- Usar dijes, esclavas o alhajas durante sus horas de trabajo.
- Teñirse el cabello en tonos llamativos o poco naturales o usar peinados extravagantes.
- Usar patillas largas, barba y cabello largo en el caso de los hombres, las mujeres el maquillaje excesivo y las uñas largas pintadas de colores llamativos.
- Perfumes, lociones y desodorantes de olor penetrante.
Lentes obscuros excepto en aquellos casos que deba hacerlo por prescripción médica. - Cualquier forma de presentación extravagante (excepto en los casos que indique el hotel).
- Distraerse de sus actividades laborales leyendo cualquier tipo de revistas, periódicos, juegos electrónicos, teléfonos celulares que no sean parte de las herramientas de trabajo.
- Tratándose del uniforme, éste deberá ser conservado limpio y planchado, evitando entubar los pantalones o en caso de existir, hacer más cortas las faldas, tampoco deberán añadir accesorios o decoraciones.
- Al ingresar a las instalaciones el trabajador deberá notificar a su jefe inmediato si trae consigo teléfono celular, laptop, o cualquier otro dispositivo móvil el cual no podrá ingresar a su área de trabajo y deberá dejar consignado en la recepción del hotel, dejando como antecedente que la empresa no se hace responsable por pérdidas o daños a los mismos.
La empresa tiene la facultad de no admitir a trabajar a los empleados que no cumplan con lo establecido en el presente artículo. En caso de incumplimiento se aplicará el Artículo 1.
Artículo 30
Queda prohibido introducir cualquier tipo de armas a la empresa, salvo que aquellas que por la naturaleza de su trabajo las requiera para su desempeño. Cuando sea así el arma será propiedad de la empresa y el usuario de ésta deberá acreditar que puede llevar a cabo su manejo. La acreditación deberá ser por escrito.
Artículo 31
También se prohíbe ingresar a la empresa personas de dudosa reputación, drogas, enervantes, alcohol o llevar a cabo acciones que pongan en duda la imagen de la empresa y de quienes laboran en ella.
Artículo 32
Se prohíbe hacer uso de las instalaciones, facilidades, artículos de la empresa, sin autorización del gerente general.
Artículo 33
Queda prohibido:
- Utilizar los sanitarios destinados a huéspedes.
- Fumar dentro de las instalaciones.
Traer en la boca goma de mascar, dulces o cualquier alimento en su área de trabajo. - Descansar en aquello lugares destinados a huéspedes.
- Ingresar a la empresa con aliento alcohólico o estado de embriaguez o bajo el influjo de alguna droga.
- Sustraer equipos propiedad de la empresa.
- Falsear informes que rindan a sus superiores.
Tratándose de la fracción e), se deberá informar al Gerente General a efecto de se levante constancia del estado del trabajador, así como levantar el reporte en el que se plasme la situación del trabajador.
Para imponer las sanciones, la empresa tomara en cuenta la gravedad de la falta y los antecedentes del infractor. Estas sanciones podrán imponerse inmediatamente o dentro de los treinta días posteriores a la fecha en la cual se cometió la falta.
Artículo 34
Queda prohibido ingerir bebidas alcohólicas, narcóticos o drogas dentro de la empresa, comer fuera del área de comedor, personal de cocina y restaurante se sancionará si consumen los sobrantes en los platos o copas de los clientes. También queda prohíbo ingerir o preparar alimentos con productos propiedad de la empresa.
Los departamentos del hotel no pueden tomar sus alimentos en áreas como oficinas y recepción impregnando el ambiente a comida, situación que afecta la imagen ante los huéspedes.
Los departamentos de ama de llaves y áreas públicas deberán evitar ingerir sus alimentos en bodegas o lugares donde puedan contaminar sus alimentos con los productos químicos de limpieza.
Artículo 35
Queda prohibido ejecutar actos que puedan considerarse como negativos a los buenos usos y costumbres y a la moral, incluyendo el utilizar palabras obscenas o gestos ofensivos.
Artículo 36
Utilizar los teléfonos de las áreas departamentales o teléfonos asignados para uso de los huéspedes y clientes para uso personal del trabajador.
En caso de emergencia se podrá facilitar un teléfono del hotel con el permiso de su jefe inmediato.
Artículo 37
Estrictamente prohibido correr, gritar, silbar, cantar en voz alta, poner la música en las habitaciones, pasillos o áreas de huéspedes y/o alterar en cualquier forma la tranquilidad del hotel.
Principalmente queda prohibido hacer ruido en todas las áreas (públicas y de servicio) por las mañanas durante el ingreso del personal.
VI. Medidas Disciplinarias
Artículo 38
Será facultad de la empresa aplicar las medidas disciplinarias que juzgue conveniente y de acuerdo con la gravedad de la falta sancionará con las siguientes medidas:
- Amonestaciones.
- Suspensión en el trabajo de acuerdo con el Artículo 1.
- Rescisión del contrato de trabajo.
Artículo 39
Las sanciones que se podrán imponer por faltas injustificadas a las labores serán:
- Por la primera falta de asistencia injustificada, suspensión de un día sin goce de sueldo.
- Por la segunda falta de asistencia injustificada, suspensión de dos días sin goce de sueldos.
- Por la tercera falta de asistencia injustificada, en un periodo de treinta días, rescisión del contrato de trabajo sin responsabilidad para la Empresa.
VII. Prevención de Riesgos de Trabajo
Artículo 48
Los trabajadores están obligados a dar aviso al jefe inmediato y al Gerente de Operaciones sobre los accidentes que ellos o sus compañeros sufran en el desempeño de sus actividades laborales tan pronto como ocurran.
Artículo 49
En caso siniestro (incendio, temblor, amenaza de bomba o situación de peligro) en cualquier área de la empresa, los trabajadores tendrán la obligación de informar de inmediato al Gerente en Turno y participar en la brigada de Protección Civil a fin de guiar / auxiliar a nuestros clientes.
Artículo 50
Es obligación del trabador conocer y usar el equipo de seguridad que proporciona la empresa. La empresa se obliga a mantener un botiquín de primeros auxilios con el equipo y materiales suficientes para prestar ayuda en materia de higiene y previsión social.
Artículo 51
Ningún trabajador que padezca una enfermedad contagiosa podrá ser admitido a trabajar, lo anterior es para evitar que alguna enfermedad se pueda trasmitir a colaboradores y clientes. Todos los empleados están obligados (en caso de ser necesario) a cumplir los protocolos de sanidad que impongan las autoridades ante situaciones como epidemia o pandemia, como fue con el Covid-19.
Artículo 52
Para recibir servicio médico, el trabajador deberá solicitar autorización a su jefe inmediato, a no ser que se trate de alguna emergencia que requiera atención inmediata, en cuyo caso podrá dirigirse inmediatamente a el Instituto Mexicano del Seguro Social.
Para sospechas de contagio del Covid-19 se deberá notificar al gerente en turno quien coordinará una consulta con el médico de la compañía para una auscultación inicial y realizar las recomendaciones pertinentes. Dicha consulta podría tener un costo para el empleado.
Artículo 53
Los trabajadores que sean elegidos deberán participar como miembros de las brigadas de emergencia, prevención de riesgos y protección civil, asistiendo a los entrenamientos y simulacros.
VII. Varios
Artículo 54
Los “cheques de consumo” de bares, restaurantes y servicios a cuartos solo serán cargados a la habitación que los consuma siempre y cuando estén autorizados por el Gerente de Restaurantes o Gerente General.
Artículo 55
Para todo lo no previsto en el reglamento, las partes se someterán a las disposiciones contenidas en el Contrato Colectivo de Trabajo y en la Ley Federal del Trabajo.
Artículo 56
En caso de terminación laboral cualquiera que fuera la causa, y de existir algún adeudo a la empresa (entrega de uniformes, equipo proporcionado para su trabajo, etc.) se descontara de forma excepcional el importe del adeudo en el finiquito por las prestaciones a que tuviera derecho.
IX. Comunicación Interna
Artículo 57
Para establecer una relación estrecha entre todos los trabajadores, se manejarán las siguientes opciones que nos mantendrán comunicados con todo lo que sucede en la Empresa.
- Juntas departamentales.
- Memorandos.
- Grupos de Chat (WhatsApp y/o Telegram) del cual sólo deberá haber un grupo por departamento y los gerentes deberán estar incluidos para moderar la conversación, estos chats no deben ser usados para regañar al personal, son para facilitar la comunicación durante la operación.
X. Empleo de Familiares
Artículo 58
Es política de la compañía, no emplear a familiares directos de los trabajadores actuales en la Empresa, (hijos, padres y cónyuge). Las excepciones a esta política deben ser aprobadas de antemano por la Dirección General.